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ABANDONO DE QUERELLA


ABANDONO DE QUERELLA

Es una actitud pasiva del querellante, consistente en el alejamiento de un proceso penal, es decir, dispone de libertad para alejarse de la acusación. Tambien, se tendrá por abandonada la querella, cuando muere el querellante o quede incapacitado de proseguir con la acción penal, y sus herederos o representantes legales no se presenten, en el plazo procedimental establecido, a continuar con dicha acción.

sinonimos de abandono de querella

¿Qué significa Abandono de querella?