ABANDONO DE LA VÍCTIMA
Constituye
en unas legislaciones agravantes del homicidio culposo y en otras un delito
autónomo, de carácter doloso. La falta de auxilio a la víctima y el huir cuando
se ha producido un accidente del que fue culpable el fugitivo, ha suscitado el
interés de los penalistas. La conducta puede concretarse en la fórmula de
omisión de socorro a la víctima y reviste gravedad cuando se trata del
atropello cometido por un automovilista que escapa sin prestar auxilio al
sujeto pasivo de su acción delictiva. Jiménez de Asúa no cree que el sistema de
enclavar este abandono como agravante del homicidio culposo sea el mejor,
puesto que se trata de un delito doloso
por sí, que puede ser considerado separadamente. En el congreso
internacional de Juristas (Lima, 1951), se adoptó la resolución de incorporar
como conducta delictiva “ la omisión de asistencia a las víctimas de una
accidente de tránsito”. Hay legislaciones que sólo incriminan el abandono sin
socorro, otras en que se sanciona el huir y hasta puede darse uno sin el otro.
Distingue el abandono como una omisión que pone en peligro la vida, y el huir
como una acción contra la administración de justicia.
¿Qué
significa Abandono De La Víctima?