ABANDONO DE BIENES ADQUIRIDOS CON BENEFICIO DE INVENTARIO
Es
la potestad que tiene el heredero beneficiario para poder descargarse del pago de las deudas y legados, abandonados
los bienes de la sucesión a los acreedores, legatarios y coherederos. Dicho
abandono no implica renuencia a la sucesión.
Abandonando
a si los bienes por el heredero beneficiario, solo pueden ser vendidos en la
forma que él exprese; pero, una vez pagados los acreedores y legatarios, los
bienes restantes vuelven al heredero,
en condiciones entonces de un segundo abandono, ya definitivo, de su cualidad
sucesoria y de las cosas y derechos libres de la herencia.
¿Qué
significa Abandono De Bienes Adquiridos Con Beneficio De Inventario?