A NON DOMINO
Loc.
Latina que denomina a la transferencia de un bien, mueble o inmueble, cuando la
efectúa una persona que no es su propietaria. Por su mecanismo, se trata de una
adquisición y no de una cesión: adquisición originaria y no derivada. La
adquisición a non dominio, en los títulos de crédito cambiarios, significa que
el accipiens de buena fe adquiere la
propiedad del título aun cuando su
tradens no sea el propietario del mismo.